NUEVO REGLAMENTO DE USO PUBLICO DEL PARQUE
NACIONAL HUASCARAN RECORTA LOS DERECHOS
DE LOS ANDINISTAS Y CAMINANTES LIBRES
Septiembre 6-2006-El nuevo
Reglamento de Uso Público del PNH
fue publicado como Resolución Jefatural
en El Peruano del 19 de agosto de este año.Inrena
y la administración del PNH ignoraron
por completo los reclamos de muchas organizaciones
de andinismo y aventura, tanto
nacional como extranjero, y aprobaron medidas
que restringen
injustamente, y de una forma muy inusual
si no jamás visto en las
montañas del mundo, los derechos
de los visitantes independiente.
Requiere que cada visitante a la Zona Silvestre
contrate a un guía o
prestador de servicios oficial, y no puede
salir del “camino
autorizado” en ningún momento.
En otras
palabras, el mochilero, el explorador, el
aventurero desaparece; sólo se ingresa
con guía.
Art. 7.1
De la prohibición de los ingresos
libres para las modalidades
de turismo que impliquen riesgo para el
visitante. El ingreso al PNH
para la práctica de las modalidades
de turismo de aventura, escalada en
hielo/roca u otras formas de turismo que
implique riesgo para el
visitante se realizará a través
de prestadores de servicios turísticos
quienes se hacen responsables de la seguridad
y comportamiento de
los visitantes durante su permanencia dentro
del PNH la cual no podrá
superar los treinta (30) días hábiles.
Art. 22.
1 a) Todo usuario deberá: Transitar
sólo por los senderos,
circuitos, sitios de visita y rutas autorizados,
respetando las
señalizaciones
Artículo
24º.- De los prestadores de servicios
turísticos de aventura.
b) Realizar
sus actividades de caminata y escalada en
los senderos,
circuitos, rutas e itinerarios establecidos
en el respectivo Plan de Uso
Turístico, debiendo la expedición
contar con los servicios de un
operador de turismo y de un guía
oficial autorizado
Disposición
Complementaria—Sexta.- Al cierre de
la temporada turística
(octubre) la Jefatura del PNH difundirá
los senderos, circuitos,
rutas e itinerarios aptos para ser utilizados
en la siguiente temporada
turística, de acuerdo al avance en
la implementación del Plan de
Uso Turístico y Recreativo.
Este Reglamento
fue elaborado por un grupo de guías
y empresarios de
turismo en el Comité de Gestión
del PNH, en términos que los
beneficia económicamente a costo
del viajero independiente.
Lamentablemente, el ex-Jefe del PNH fue
coludido con ellos y aceptó los
cambios radicales (que no fueron contemplados
en el Plan Maestro o el
Plan de Uso Público). El nuevo jefe
y el Intendente de Areas
Protegidas y otros funcionarios de Inrena
no han prestado
atención…hasta ahora.
Ahora el
Jefe del PNH, la coordinadora en Inrena-Lima,
y el Intendente
de Areas Protegidas se han dado cuenta que
algo anda
(y…¿¿trepa??) mal, y
están dispuesto a modificar el Reglamento.
Es urgente
que los caminantes y andinistas se hacen
escuchar su voz de
protesta: se puede llamar a la Intendencia
de Areas Protegidas
a 225-1055, escribir al Intendente de Areas
Protegidas, el Lic. Luis
Alfaro, a lalfaro@inrena.gob.pe, el nuevo
jefe de Inrena, Ing. Roberto
Angeles Lazo, a rangeles@inrena.gob.pe (con
copia a jbarrios@inrena.gob.pe), o al Jefe
del Parque Nacional Huascarán,
Martín Salvador,a 043-422086 o mspoma14@yahoo.es
(Llame o
escriba con firmeza pero con respeto. Es
importante anotar la
forma en que el nuevo reglamento afectaría
a los mismo
usuarios: nosotros.)
Cada mensaje
vale…
Para más
información (cartas enviadas en 2005,
texto del Reglamento,
etc.), contactarse con:
Walter Lazo
Castillo
Presidente, Federación Peruana de
Andinismo y Deportes de Invierno
9985-6904, fepadi@gmail.com
Jim Bartle
448-8513, jbartle@terra.com.pe
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